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Ley 21.592 Consideraciones estatuto de protección en favor del denunciante
A contar del 23 de octubre de 2024 entra en vigencia la Ley 21.592 que establece un estatuto de protección para los denunciantes ante Contraloría General de la República, ya sean funcionarios/as públicos/as, personas con modalidad a honorarios y cualquier persona, que desee denunciar irregularidades en la Administración del Estado. Esta ley tiene como objetivo proteger a quienes denuncian actos de corrupción, faltas administrativas o disciplinarias, protegiéndolos contra represalias.
Los organismos que pueden ser denunciados son aquellas instituciones de la Administración del Estado fiscalizados por la CGR, incluyendo empresas públicas como la ENAER, Banco Estado, Codelco, EFE y ENAP, entre otras. De igual forma, se admite la denuncia de corporaciones y fundaciones sin fines de lucro, creadas conforme las leyes N°s19.175 y 18.695, y de personas o instituciones privadas que reciban fondos fiscales específicos. Además, son denunciables las empresas o entidades públicas o privadas con aportes de capital estatal mayoritario o igualitario, como Metro S.A.